Médico Especialista o Subespecialista
Servicio Social
- Fecha límite de recepción de documentación en el Colegio de Médicos: Martes 19 de noviembre del 2024 a las 5 pm.
- Fecha límite de presentación de documentación en el Ministerio de Salud: Martes 26 de noviembre del 2024 a las 04:00 pm.
- Fecha del sorteo: Martes 10 de diciembre de 2024 a las 09:00a.m en el Auditorio principal del Colegio de Médicos y Cirujanos.
- Los requisitos se mantendrán vigentes conforme al trámite usual.
- Los documentos deben sin excepción ser enviados en un formato digital o escaneados, pero no se admitirán fotografías de los mismos. Exceptuando la fotografía del solicitante tamaño pasaporte la cual debe de enviarse en formato jpg.
Requisitos
a) Oficio a Fiscalía: Se debe presentar solicitud mediante oficio debidamente firmado y dirigido al Fiscal General del Colegio de Médicos y Cirujanos, en el cual se le solicita autorización para realizar el Sorteo de Servicio Social Obligatorio como Médico Especialista o Subespecialista.
b) Documento de identificación: Cédula de Identidad, Pasaporte o Documento de Identidad Migratoria para Extranjeros (DIMEX), vigente y en buen estado.
c) Cumplimiento de requisitos de inscripción en la Especialidad o Subespecialidad Médica y aprobación del Examen de Suficiencia Teórico-Práctico: Todos los solicitantes que han realizado estudios en el extranjero sin excepción, deberán realizar previamente y por cuenta propia; todos los trámites y cumplir con todos los requisitos de inscripción para la Especialidad o Subespecialidad Médica, establecidos en el Decreto Ejecutivo Nº 37562-S denominado “Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas” publicado en La Gaceta, Alcance Digital Nº 93 a La Gaceta Nº 89 del 11 de mayo del 2021.
d) Certificación de conclusión y aprobación del estudio de posgrado en una Especialidad o Subespecialidad Médica: Esta certificación debe ser emitida por la institución académica formadora (Universidad) a través de la Decanatura de Posgrados o su equivalente. En el caso de Médicos Especialistas o Subespecialistas, que ya se graduaron y juramentaron en la Universidad como tales, no es necesaria la presentación de esta certificación y basta con la presentación de los siguientes documentos: Diploma donde se consigna el título y grado académico obtenido por el Médico.
e) Certificación de Antecedentes Penales: Emitida por el Registro Judicial del Poder Judicial de la República de Costa Rica. Los solicitantes con nacionalidad extranjera o nacionales que hayan residido fuera de Costa Rica en los últimos 10 años, deberán presentar una certificación de antecedentes penales de su estancia en Costa Rica de conformidad con este inciso y adicionalmente, una certificación de antecedentes penales de su país de origen o declaración jurada protocolizada ante Notario Público donde se indique que en los últimos 10 años no ha sido condenado penalmente en su país de origen u otros países donde haya residido.
f) Pago de derechos: Cancelar el valor económico de 50 mil colones, en cualquiera de las sedes del Colegio o por Transferencia Bancaria a cualquiera de las cuentas y enviando el comprobante al correo [email protected]
Cédula Jurídica 3 007 045587
Los documentos solicitados deberán ser presentados mediante el siguiente link
Dichos documentos sin excepción deben de ser enviados en formato PDF, no se admitirán fotografías de los mismos.
Todas las certificaciones sin excepción tienen una validez máxima de 3 meses, contado a partir de la fecha de su emisión.
Autenticaciones de documentos emitidos en el extranjero: Todos los atestados emitidos en el extranjero sin excepción deberán ser presentados con las autenticaciones de las autoridades del país de origen, la del Cónsul o Embajador de Costa Rica en dicho país y la del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Costa Rica; o según lo establecido en el Convenio de la Haya.
Traducción de documentos: Todo documento aportado en idioma distinto al español sin excepción, deberá venir con la traducción al español respectiva, hecha por un traductor oficial autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Costa Rica.
Los documentos entregados después de la fecha y hora señalada no serán revisados ni participarán en el proceso de autorización por estar entregados extemporáneamente.
Proceso de Incorporación
Diploma Nacional
- Solicitud de autorización para la participación en la Rifa de Servicio Social Obligatorio (SSO) como Especialista y Subespecialista.Obtiene plaza SSO como Especialista y Subespecialista. Debe realizar SSO como Especialista y Subespecialista un (1) año.
- No obtiene plaza SSO como Especialista y Subespecialista. Debe iniciar con el proceso de inscripción una vez graduado de la Universidad de Costa Rica.
- Inscripción como Especialista y Subespecialista.Presentar la documentación respectiva en la Dirección Académica.
- Se realiza la revisión de los documentos presentados.
- Se traslada la solicitud a la Junta de Gobierno.
- Se notifica el acuerdo tomado.
- En caso de aprobación de la solicitud, se deben presentar a la Dirección Académica, para el retiro de las invitaciones.
Documentos Importantes
Diploma Extranjero
- Inscripción como Especialista o SubespecialistaPresentar la documentación respectiva en la Dirección Académica.
- Se realiza la revisión de los documentos presentados.
- Autorización por parte de la Junta de Gobierno para nombrar el Jurado Calificador para la aplicación del examen teórico-práctico.
- Nombramiento del Jurado Calificador.
- Aplicación del examen de suficiencia teórico-práctico.
- Examen de suficiencia teórico-práctico aprobado. Se realiza solicitud de autorización para la participación en la Rifa de Servicio Social Obligatorio (SSO) como Especialista y Subespecialista.Obtiene plaza SSO como Médico y Cirujano. Debe realizar SSO como Médico y Cirujano un (1) año.
- No obtiene plaza SSO como Médico y Cirujano. Debe iniciar con el proceso de incorporación una vez graduado de la respectiva Universidad.
- Actualizar la documentación presentada para la inscripción como Especialista o Subespecialista, en los casos en que se requiera.
- Se traslada la solicitud a la Junta de Gobierno.
- Se notifica el acuerdo tomado.
- En caso de aprobación de la solicitud, se deben presentar a la Dirección Académica, para el retiro de las invitaciones.
Examen de suficiencia teórico-práctico
- A partir de la autorización para el nombramiento del Jurado Calificador por parte de la Junta de Gobierno, se establecen seis (6) meses para la aplicación del examen teórico-práctico.
- Conformación de Jurado Calificador.
- Representante Junta de Gobierno.
- Representante Asociación respectiva.
- Docente del Posgrado respectivo.
- Médico Especialista o Subespecialista suplente.
- Notificación del nombramiento del Jurado Calificador, por parte de la Dirección Académica.
- El Jurado Calificador, procede a establecer fecha para la aplicación del examen de suficiencia teórico-práctico.
- Notificación de la fecha para la aplicación del examen de suficiencia teórico-práctico, por parte del Jurado Calificador.
- Aplicación del examen de suficiencia teórico-práctico
- Se debe de aprobar el examen de suficiencia teórico con una nota igual o superior a 70, para proceder con la aplicación del examen práctico, el cual debe de ser aprobado con una nota igual o superior a 70.
- En caso de reprobar el examen de suficiencia teórico-práctico. Se presentan recursos de revisión y de apelación, si persiste la reprobación; se realizar nueva convocatoria de examen, posterior a los seis (6) meses de la resolución.